El directivo del CNE teme que el TSJ emplee las sentencias para destituir aquellos gobernantes, electos por votos, que sean incómodos a las políticas gubernamentales.
Caracas.- Ante la sentencia condenatoria del alcalde de San Diego (Carabobo), Enzo Scarano, a quien destituyeron de su cargo y la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de programar un nuevo comicio en ese municipio, el rector del CNE, Vicente Díaz, consideró que solo los electores de dicha jurisdicción pueden evaluar el trabajo de Scarano.
“La Constitución Nacional establece en su artículo 72 que quien juzga la gestión de un burgomaestre son los votantes de su circunscripción, quienes pueden destituirlo mediante un Referendo Revocatorio”.
Para poder activar este procedimiento legal a Scarano hay que esperar hasta el 8 de diciembre de 2015, es decir, a los dos años de cumplirse el mandato del alcalde.
“El TSJ tardó siete días en revocar a Scarano. Mediante este pernicioso mecanismo puede dejar sin efecto la soberanía popular”, especificó en un comunicado el rector.
El proceso contra Scarano comenzó el 7 de marzo, cuando empresas aduaneras y transportistas lo señalaron por barricadas colocadas en algunas vías, dentro de la acciones de protestas contra el Gobierno.
Dejó claro que el máximo tribunal del país no puede meter preso a un alcalde y menos privarlo de sus funciones, por no remover escombros y mantener despejada las vías públicas de basura y residuos que puedan ser utilizados para obstaculizar el libre tránsito de las personas.
Al sociólogo le preocupa que este mecanismo sea activado a otros funcionarios, electos por el voto popular, que se opongan al gobierno nacional.
Teme que el TSJ aplique la sentencia 136 a otros alcaldes, como Daniel Ceballos (San Cristóbal, Táchira) , preso en la cárcel militar de Ramo Verde; Ramón Muchacho (Chacao, estado Miranda), quien fue amenazado recientemente por el presidente Nicolás Maduro de correr con la misma suerte de Scarano. Otro burgomaestre que estaría bajo la mira sería el de El Hatillo ( Miranda), David Smolansky. “Esta reiterada y nociva práctica apunta a dar la razón a quienes señalan la inexistencia de hecho de la autonomía de Poderes propia del régimen republicano establecido en la Constitución” manifestó el presidente de la Comisión de Participación Política y Financiamiento.
Scarano como modelo
Para la expresidenta de la Corte Suprema de Justicia, Cecilia Sosa, utilizaron a Scarano como un modelo público.
“El tema de él es que lo tomaron como modelo para ejercer una acción de debilitar políticamente su ejercicio, sacarlo de su función como alcalde, usando la Ley Orgánico de Amparo cuando se produjo una sentencia de desacato”, afirmó a los medios de comunicación social.
Sosa insiste en que lo que más le llama la atención del caso es que hayan hecho que Scarano “cese sus funciones”. “Esa expresión es un exabrupto (...) Él había podido ser sometido por la misma Ley de Amparos una multa, y si reincidía te aumento la multa. Pero no, así de buenas a primeras”.
Sosa considera que esto puede ayudar a Scarano políticamente a la larga, y lo demuestra la intensa reacción que tuvieron los habitantes de San Diego cuando conocieron de la decisión.
Decisión apresurada
Súmate considera que el dictamen del CNE de elaborar un calendario electoral en San Diego es una “decisión apresurada” y la misma implica una usurpación de competencias, al desconocer lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (Loppm), que establece que es la Cámara Municipal, en este caso San Diego, la competente para declarar la falta absoluta del alcalde, por lo cual la decisión del directorio del CNE está sujeta a nulidad por error de Derecho, es decir en base al artículo 19 de la Ley Orgánica de Procesos Administrativos.
Fuente : El Tiempo
Fuente : El Tiempo
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