VICENTE DÍAZ
EL NACIONAL
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La Asamblea Nacional reformó la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, Loppm. Modificó el artículo 35 que establece una nueva instancia de organización municipal: la Junta Parroquial Comunal, cuyos miembros son elegidos por los voceros de los consejos comunales, en sustitución de las tradicionales juntas parroquiales. Las juntas parroquiales ya no emergerán del voto popular en elecciones directas y universales.
Ya no las elegirá el pueblo. Ahora surgirán de la voluntad de los "voceros y voceras" de los consejos comunales.